Artículo 10.26 Los responsables de los archivos de cada uno de los sujetos obligados deberán publicar, por lo menos una vez al año, y a través del Diario de Centro América, un informe sobre: el funcionamiento y finalidad del archivo, sus sistemas de registro y categorías de información, los procedimientos y facilidades de acceso al archivo.
Informe del archivo
TODO INFORME SOBRE EL ARCHIVO SERA PEDIDO CON 10 DIAS DE ANTICIPACION COMO LO MARCA LA LEY
Actualizado el Lunes, 17 de Mayo de 2010 10:44
Artículo 15 Uso y difusión de la información. Los interesados tendrán responsabilidad, penal y civil por el uso, manejo o difusión de la información pública a la que tengan acceso, de conformidad con esta ley y demás leyes aplicables.